¿Es delito NO vacunar a tu hijo?

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¿Es delito NO vacunar a tu hijo? Foto: iStock
Alejandra Reyes Calderón

POR: Alejandra Reyes Calderón

Egresada de la FCPyS de la UNAM. Adicta a la literatura, al patinaje y a los tacos al pastor.

08-10-2020

Ante la fuerza que han tenido los movimientos antivacunas en México y el resurgimiento de diversas enfermedades,  se hizo una propuesta de reforma de ley para no solo garantizar el derecho a la vacunación universal y gratuita, sino que sea una obligación.

 

En entrevista exclusiva para Salud180, el Dr. Rodrigo Romero Feregrino, infectólogo y Secretario de la Asociación Mexicana de Vacunología (AMV), nos explica la situación actual de la vacunación en México y cuáles son los cambios en modificación de artículos de la Ley General de Salud.

 

"La situación actual de las vacunas y los antivacunas con la pandemia es que se ha disminuido la vacunación en los últimos meses por las medidas de confinamiento y por el miedo de las personas a acudir a los centros de vacunación para aplicarse las vacunas”, destacó.

 

¿Qué pasa si padres y tutores se niegan a vacunar a los menores?

 

“Actualmente el artículo 144 de la Ley General de Salud dice la vacunación será obligatoria en los términos que la Secretaría de Salud determine. Hasta el momento no hay ninguna pena o consecuencia estipulada en alguna ley o reglamento si alguien no se vacuna o no vacuna a un menor.

 

"Hay un iniciativa que se aprobó en la cámara de senadores una reforma de varias leyes sanitarias para que la vacunación de niños, niñas y adolescentes sea obligatoria en el país, se aprobó la reforma de Ley General de Salud, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley General de Educación, que ahora pasará a la Cámara de Diputados para ser discutido", aclaró Romero Feregrino.

 

Dónde se puede denunciar a padres antivacunas

 

De aprobarse, la iniciativa de ley donde manifieste que la vacunación es obligatoria, la denuncia se haría a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.


 

Propuesta de modificación de artículos 157 Bis 1 y 157 Bis 5 de la Ley General de Salud

 

La propuesta de reforma de ley ya fue aceptada en la Cámara de Senadores y pasará a la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación, la cual consiste:

 

  • Modificar y añadir al artículo 157 Bis 1 de la Ley General de Salud, para que precise que “toda persona residente en el territorio nacional tiene la obligación de aplicarse las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal, de conformidad con esta Ley, independientemente del régimen de seguridad o protección social al que pertenezca”.

 

  • Artículo 157 Bis 2. Incorporar un nuevo párrafo donde se especifique que, cuando se trate de niñas, niños o adolescentes, los responsables de las instituciones referidas, así como cualquier funcionario público que tenga conocimiento de que no se cumple la vacunación obligatoria, deberá solicitar la intervención de la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes.

 

  • Modificaciones a la Ley General de Educación. Se añadió un párrafo al artículo 75 para que, cuando se inscriba a un menor de edad en una escuela, ya sea pública o privada, las autoridades escolares deberán solicitar la Cartilla Nacional de Vacunación con el propósito de verificar el cumplimiento del esquema de vacunación de niñas niños y adolescentes.

 

  • Si el tutor no cuenta con la cartilla, las autoridades escolares deberán canalizarlos a la institución de salud correspondiente para que se expida dicho documento o se apliquen las vacunas que le falten al menor. En caso de que el tutor se niegue las autoridades escolares deberán solicitar la intervención de la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes.

 

  • Adición al artículo 129 de la Ley General de Educación, para que los menores reciban las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal en los centros escolares. La autorización de los tutores será tácita salvo manifestación expresa y justificada para negarse a la vacunación.

 

  • Se agrega un apartado a la Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes para que sea una obligación de padres de familia, tutores, custodios o quienes ejercen la patria potestad de niños, niñas y adolescentes que los menores reciban oportunamente todas las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal, salvo que medie justificación médica certificada en contrario.


 

Por su parte, la diputada Abril Alcalá, del PRD, destacó que en la propuesta de modificación de ley están contenidas las siguientes vacunas para hacerlas obligatorias , las cuales deberán "complementadas con las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal".

 

  1. Contra la difteria

  2. Contra la hepatitis A y B

  3. Contra la influenza estacional y tipo b

  4. Contra infecciones neumocócicas

  5. Contra la parotiditis

  6. Contra la poliomielitis

  7. Contra el rotavirus

  8. Contra el rubéola

  9. Contra el tétanos

  10. Contra la tosferina

  11. Contra la tuberculosis

  12. Contra la varicela

  13. Contra el virus del papiloma humano

  14. Contra el dengue

 

La iniciativa será discutida en comisiones de la Cámara de Diputados para revisarla y hacerla modificaciones. Posteriormente, podrá ser compartida de nuevo al Pleno de la Cámara para su discusión y posible aprobación.

Aclaracion:

El contenido mostrado es responsabilidad del autor y refleja su punto de vista, más no la ideología de Salud180.com

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